Inicio >> saludlaboral

Ya llega el llamado Bonus-Malus pero, ¿en qué consiste?

Mario Naranjo García

enviar a un amigo

 


índices de siniestralidad general de cada sector económico, es de suponer, vayan reduciéndose paulatinamente a lo largo de los años, tras las inversiones efectuadas en prevención, puesto que éstas van a traducirse en un beneficio empresarial global y visible a corto plazo, por lo que también los niveles de siniestralidad considerados inicialmente adecuados deben ir igualmente reduciéndose y acoplándose a las diferentes situaciones, de tal manera que como el baremo debe establecerse en relaciones porcentuales con arreglo a ese índice considerado adecuado, que es dependiente del índice general del sector, al disminuir éste, también debe disminuir el adecuado, obligando a la empresa a una prevención constante y continua.

Entiendo que una aplicación adecuada de este mecanismo sería la solución más acorde para incentivar la organización preventiva en las empresas. La punición debería aplicarse no a incumplimientos puntuales, que ya son objeto de sanción administrativa, sino a aquellas empresas cuyas condiciones de trabajo suponen una permanente contradicción con la normativa de prevención de riesgos laborales. Será además un instrumento más efectivo, ya que la recaudación se realizaría mes a mes a través de la Tesorería General de la Seguridad Social, a diferencia de las multas cuyo largo procedimiento conduce casi siempre en la práctica a su reducción cuando no a su indebida condonación. El máximo inconveniente que a mi juicio presenta este sistema se refiere a que la imputación de los recargos o bonificaciones se haría sobre las cuotas individuales de los trabajadores en nómina de cada empresa, cuando en la práctica abunda más el supuesto de empresas contratistas cuya responsabilidad en materia de prevención se extiende a los trabajadores de las empresas subcontratadas o a los de ETT. La aplicación del bonus-malus a estas empresas que usan, o incluso a veces abusan, de la subcontratación no parece muy efectivo al disponer éstas de menos personal en nómina que aquél sobre el que se extiende su responsabilidad legal. Habría que idear mecanismos legales que minimizaran este inconveniente.

 

Mario Naranjo García


 
enviar a un amigo