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Ya llega el llamado Bonus-Malus pero, ¿en qué consiste?

Mario Naranjo García

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Desde que apareció la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, algunas empresas empezaron a invertir recursos humanos y económicos en esta cuestión. Pero como la inversión y la implantación de un sistema de prevención es costoso en el tiempo, casi siempre, existía algún accidente, o alguna irregularidad con respecto a la ley, que se podía convertir, y en ciertos casos se convertía, en una sanción de la Inspección de Trabajo. Esta situación llevó a varias reivindicaciones. Si a las empresas que incumplen en materia de prevención se las castiga, ¿porqué no se premia a las empresas que lo hagan bien?.

En la estrategia de seguridad y salud en el trabajo aprobada el año pasado, llama la atención de forma especial, la que propone establecer reducciones en las cotizaciones en la Seguridad Social para las compañías que presenten menores índices de siniestralidad. Ya el artículo 108 de la Ley General de la Seguridad Social contempla este hecho para firmas que "se distingan por el empleo de medios eficaces de prevención". Dichas reducciones pueden llegar al 20%.

En 2007, se plantea que se establezcan los índices de siniestralidad de los distintos sectores para que las empresas puedan acreditar que están por debajo de estos para acceder a las bonificaciones. Y es la Ley de Presupuestos de 2008, la que diseña el sistema de incentivos para aplicar los bonus-malus.

Se pretende bonificar a las empresas con más de diez trabajadores que cumplan con ciertos indicadores. Las empresas con menos de diez trabajadores tendrán un tratamiento diferenciado; se excluirán los accidentes de tráfico y los cardiovasculares, ya que en estos casos no es posible la acción preventiva de la empresa, y también tendrán una consideración específica los accidentes en misión. Queda pendiente definir otra forma para las empresas más pequeñas. Se van a considerar acciones positivas en prevención para la aplicación del bonus-malus entre otras:

· El grado de cumplimiento de la normativa vigente, aceptando como tal la presentación de una certificación OHSAS 18001.

· Existencia de planes de movilidad cuando se realicen tareas en misión.

·Inversiones en prevención mas allá de lo legalmente exigible (OHSAS 18001).

·Acreditar que se reducen los trabajadores con riesgo de enfermedad profesional.

Para el procedimiento de acreditación deberá garantizarse la participación de los representantes de los trabajadores, mediante un informe de estos.

Para cada empresa se determinara el coeficiente bonus/malus que se obtendrá en función del periodo de observación; el indicador de siniestralidad general; y el indicador de siniestralidad extrema (solo en caso de accidente mortal o pensión de incapacidad permanente total o absoluta).

Tras muchos años de reivindicación, al fin, el Gobierno va a premiar de forma directa, a las empresas que hagan prevención de riesgos laborales de forma real.

El sistema que se propone, puede ser altamente incentivador de la prevención, puesto que determina una continua y constante acción preventiva, ya que los índices ... continua >>

 


 
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