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El Gobierno retrasa la jubilación a los 67 años y modificará la pensión de viudedad

EP

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la edad de retiro en el año 2013 y, según explicó la vicepresidenta económica, Elena Salgado, la idea es que se llegue a los 67 años en 2025, elevando cada año en dos meses la edad ordinaria de jubilación. De salir adelante esta iniciativa, el Gobierno precisa que su configuración legal debe respetar las situaciones en curso.

También en materia de jubilación, el Ejecutivo aboga por limitar las reducciones de plantilla en las empresas con beneficios e imponer a las empresas parte de los sobrecostes que implica la expulsión temprana de los trabajadores del mercado laboral. Esto concuerda con el deseo del Gobierno de poner coto a las prejubilaciones.

Asimismo, apuesta por eliminar las formas de uso indebido del despido como forma de acceso a la jubilación anticipada; fomentar la jornada flexible durante los últimos años de vida laboral para evitar una "brusca transición" entre actividad y jubilación; e incrementar paulatinamente y universalizar de manera inmediata la edad mínima legal de jubilación en los 52 años.

Pensión de viudedad

En el campo de la pensión de viudedad, el Gobierno destaca la conveniencia de estudiar si en los casos de convivencias familiares breves y sin descendientes, en vez de una pensión vitalicia, se asigne una indemnización en pago único o una prestación temporal.

Asimismo, propone analizar la posibilidad de establecer una relación más flexible entre las rentas de trabajo y la pensión de viudedad para mejorar la situación de los pensionistas que perciban una única renta.

El Gobierno cree que la consideración de una edad determinada a partir de la cual sobrevive un cónyuge al otro o su pareja de hecho, "que podría hacerse coincidir en torno a la edad legal de jubilación, "también debería ser motivo para una reestructuración de la pensión de viudedad, tanto para acceder a la misma como en lo referente a su cuantía, especialmente en aquellos casos en que la pérdida del cónyuge o pareja de hecho ha supuesto una reducción de la renta disponible y no se percibe otra pensión que la de viudedad.

En el apartado de la incapacidad, el Ejecutivo no ve "razonable" que trabajos que se desarrollan exclusivamente en una parte de la vida generen pensiones vitalicias ni que prestaciones pensadas para cubrir la imposibilidad de trabajar (como la incapacidad permanente absoluta) se compaginen con el trabajo. En ambos casos, señala, sería razonable reducir la prestación.

El Gobierno propone otras medidas en este campo, como la posibilidad de estudiar una prestación que fomentara la reducción de jornada para el cuidado de familiares, compensando en una parte suficiente las pérdidas de renta, así como incentivar que los trabajadores incapacitados que hayan accedido a una pensión a edades tempranas se reincorporen más fácilmente al mercado de trabajo, en la medida en que su situación lo permite, mediante ayudas económicas a la contratación.

 


 
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