Internet
en el puesto de trabajo
Francisco
Gonzalez - Miguel Lóriz - Asociación de Internautas
La
implantación de las nuevas tecnologías está revolucionando los hábitos
de comunicación y como añadido han provocado que una serie de conceptos
como seguridad, intimidad, secreto, inviolabilidad, spam, etc., entren a
formar parte de los llamados ciberderechos.
Nunca
como hasta ahora había preocupado tanto a los ciudadanos en general, a
los trabajadores y a los empresarios los derechos inherentes a las
comunicaciones entre ellos.
Está
en discusión si la red debe ser patrimonio de unos cuantos o por el
contrario convertirse, como fue en su momento la imprenta, en patrimonio
de la humanidad.
La
interpretación que cada colectivo hace sobre el uso de la red está
generando conductas contrapuestas que de momento se está dirimiendo en
los tribunales, a falta de una legislación clara al respecto.
Ante
este vacío normativo es frecuente encontrarse con la utilización de
programas espía por parte de algunas empresas, con la utilización de
datos personales, con la monitorización de los terminales de los
empleados en algunas empresas, con la interceptación o violación de
correos electrónicos personales, etc.
Aunque
en algunas empresas ha sido posible el llegar a un acuerdo con los
trabajadores para un uso racional de las herramientas tecnológicas, en
otras como ocurre en las grandes entidades financieras, la judicialización
del conflicto es lo más frecuente.
El
conflicto quizá más conocido es el que Comfia-CCOO mantiene contra BBVA
y que está en estos momentos en el tribunal constitucional. Lo que se
discute es el derecho de los trabajadores a recibir las comunicaciones de
sus representantes legales en su puesto de trabajo y a poder comunicarse
con estos. El argumento de la empresa es que la titularidad de los medios
les faculta a interceptar las comunicaciones.
Mientras todo esto queda clarificado, y para evitar que los trabajadores
puedan ser expedientados o despedidos de sus empresas os damos algunas
recomendaciones a tener en cuenta:
Qué
hacer y qué no hacer Correo electrónico
-
No
envíes nunca información confidencial de la empresa a terceros.
Podría dar lugar una violación de la buena fe contractual y
por tanto a una sanción o al despido, exactamente igual que
ocurría con la información en papel o en cualquier otro soporte.
-
Si
la empresa ha puesto a tu disposición dos cuentas de correo,
una para uso personal y otra para asuntos de trabajo, utiliza
exclusivamente la primera en tus comunicaciones privadas.
-
Utiliza
el correo para comunicarte con tus representantes laborales
o con los sindicatos si lo consideras oportuno.
-
Cuidado
con los virus. Desconfía en general de los ficheros adjuntos
y antes de ejecutarlos asegúrate de quién te los envía y de
si lo ha hecho voluntariamente (muchos virus se auto reenvían
sin conocimiento del usuario). Las posibilidades de que se extienda
la infección por la red interna de la empresa deben hacerte
ser especialmente cuidadoso. Borra dicho mensaje de tu buzón.
-
Aunque
el término abuso es algo ambiguo, es importante que, para no
caer en él, consideres algunas cuestiones de sentido común a
la hora de utilizar el correo.
-
No
envíes mensajes o ficheros adjuntos de gran tamaño que puedan
ocasionar problemas al servidor.
-
Como
norma, no es conveniente que realices envíos generales a
gran cantidad de usuarios.
-
Respeta
los derechos de los receptores de tus correos: los contenidos
de tus mensajes deben atenerse a la ley y no contener declaraciones
ofensivas o difamatorias.
-
No
utilices el correo para acosar sexualmente a otros miembros
del personal, ni con fines ofensivos relacionados con la
sexualidad, la edad, la etnia, los impedimentos o la apariencia
de un individuo.
-
Caso
de que la empresa pretenda averiguar el contenido de tus mensajes
amparándose en sospechas de un uso inadecuado, exige siempre
la presencia de un delegado sindical o miembro del comité de
empresa, de un representante que tú hayas designado o bien ponte
en contacto con CCOO.
-
El
patrón puede pedir que se incluya una cláusula de no responsabilidad
cuando los empleados comuniquen de manera interna y externa,
especificando que los puntos de vista expresados son aquéllos
del autor y no los de la empresa.
Navegación
por Internet y por Intranets corporativas
Desde
Comfia CCOO siempre hemos abogado por el derecho de los trabajadores y
trabajadoras al uso no profesional limitado de Internet/intranets. Por
ello a la hora de navegar debes tener en cuenta algunas consideraciones:
-
Que
la navegación no interfiera en el desarrollo de tus funciones
profesionales.
-
Puedes
acceder a aquellos sitios en los que se tratan temas relacionados
con el empleo, la salud y seguridad, la igualdad de oportunidades
y otros asuntos relevantes para tus derechos en el trabajo.
-
Puedes
acceder a sitios web de sindicatos en busca de información o
asesoramiento.
-
No
debes acceder deliberadamente a sitios web con contenido pornográfico
o que promuevan el racismo y la intolerancia.
Francisco
Gonzalez - Miguel Lóriz - COMFIA.NET - CC.OO.